Sellando y destrucción de expedientes

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Contacto: personal de los archivos, (360) 397-2201 ext. 4034

Si usted está interesado en hacer que sus antecedentes penales juveniles sean sellados o destruidos, lea por favor la siguiente información que explica los requisitos y las restricciones que determinan si o no tal acción se puede tomar en cuanto sus antecedentes penales juveniles. Esta información se basa en el código revisado de Washington.

Sellando los expedientes

El oficial archivo juvenil de la corte de cualquier delincuente juvenil alegado o probado está abierto a inspección pública a menos que esté sellado.

En todo caso en cuál se ha registrado un instrumento acusatorio o una queja penal con el fiscal y referido al la desviación (programa alternativo), la persona quien es el tema de la información o la queja puede presentar una moción ante la corte para solicitar que la corte anule el orden y los resultados, si los hay, y ordene el sello del archivo juvenil de la corte, el archivo social, y los expedientes de la corte y de cualquier otra agencia en el caso. Salvo que ninguna información de tipo de identificación en los archivos de la policía del estado de Washington está sujeta a ser sellada.

La corte concederá la moción de sellar un expediente si encuentra que:

(a) Para las ofensas de tipo clasificación B con la excepción de ofensas sexuales, desde la fecha de la libertad del encarcelamiento, incluyendo el tiempo de tratamiento interno, si la hay, o la fecha del archivo del fallo, la persona ha pasado cinco años consecutivos en la comunidad sin cometer ninguna ofensa o delito posteriormente a la fecha de la condenación. Para ofensas de delito menor tipo clasificación C y las ofensas de delito menor agravantes con la excepción de ofensas sexuales, desde la fecha de la libertad del encarcelamiento, incluyendo el tiempo de tratamiento interno, si la hay, o la fecha del archivo del fallo, la persona ha pasado dos años consecutivos en la comunidad sin cometer ninguna ofensa o delito posteriormente a la fecha de la condenación. Para los casos resueltos bajo la desviación (programa alternativo), desde la terminación del acuerdo de la desviación (programa alternativo), más el individuo ha pasado dos años consecutivos en la comunidad sin cometer ninguna nueva ofensa o delito que da lugar posteriormente a una nueva condenación.

(b) No hay procedimientos penales pendientes por una ofensa juvenil o una ofensa criminal contra la persona que trae la acción para sellar los expedientes;

(c) No hay ningún proceder buscando la formación de un acuerdo de la desviación (programa alternativo) con esa persona.

(d) No se le ha condenado a la persona por una ofensa de tipo clasificación A u ofensa sexual; y

(e) Se ha pagado por completo la restitución.

Si la corte concede la moción para sellar el expediente, el archivo juvenil oficial de la corte, el archivo social, y otros expedientes referentes al caso serán tratados como si nunca ocurrieran, y la persona quien es el tema de los expedientes puede contestar de igual manera por consiguiente a cualquier indagación en relación a tales expedientes que se sellaron. Salvo que ninguna información de tipo de identificación en los registros de la policía del estado de Washington está sujeta a ser sellada.

Cualquier fallo de una ofensa juvenil penal o de un crimen después del sello tendrá el efecto de anular la orden de sellar. Cualquier registro de un cargo de delito de adulto después del sello anulará la orden de sellar para los propósitos según el capítulo 9.94A RCW.

Destrucción de los expedientes

Una persona 18 años de edad o mayor cuales antecedentes penales consiste en solamente una remisión o una resolución bajo el programa alternativo de la desviación puede solicitar que la corte ordene que los expedientes en ese caso sean destruidos. La petición será concedida si la corte encuentra que dos años han transcurrido desde la terminación del acuerdo de la desviación (programa alternativo). Salvo que ninguna información de tipo de identificación en los registros de la policía del estado de Washington está sujeta a ser sellada.

Una persona 23 años de edad o mayor cuales antecedentes penales consiste en solamente una resolución bajo el programa alternativo de la desviación puede solicitar que la corte ordene que los expedientes en ese caso sean destruidos. La petición será concedida, si la corte encuentra que todos los requisitos del programa alternativo se han cumplido con éxito y no hay procedimientos pendientes por una ofensa juvenil o una ofensa criminal contra la persona que trae la acción para sellar los expedientes. Salvo que ninguna información de tipo de identificación en los registros de la policía del estado de Washington está sujeta a ser sellada.

Si la corte concede la moción para sellar el expediente, el oficial archivo juvenil de la corte, el archivo social, y otros expedientes referentes al caso serán tratados como si nunca ocurrieran, y serán destruidos. Salvo que ninguna información de tipo de identificación en los archivos de la policía del estado de Washington está sujeta a ser sellada o destruida.

Para comenzar el proceso de tener su record juvenil sellado o destruido solicite en el tribunal de menores los formularios Petición de sellar o de destruir expedientes juveniles y Recibo del aviso. Estos dos (2) formularios se pueden enviar o traer en persona al centro de justicia juvenil para procesar.